Legislación de la UE sobre acoso y ciberacoso

La Unión Europea dispone de un marco jurídico específico para luchar contra el acoso y el ciberacoso. Esto se debe al reparto de competencias establecido por el Tratado de Maastricht de 1993. En consecuencia, las únicas competencias exclusivas que la UE puede ejercer sobre sus Estados miembros se refieren a la unión aduanera, el mercado interior, las políticas monetarias, las políticas pesqueras y las políticas comerciales comunes. En cuanto al resto de sus competencias, el principio de subsidiariedad impide a la UE imponer cualquier marco jurídico a sus Estados miembros. Este principio limitador establece básicamente que "las cuestiones sociales y políticas deben tratarse al nivel más inmediato y local que sea coherente con su resolución" (Dankmeijer, 2020). En la práctica, este principio sólo permite que la UE apoye a los Estados miembros para que compartan las mejores prácticas y promuevan la comunicación y la cooperación con y entre las autoridades nacionales a la hora de establecer un marco jurídico.

aPor lo tanto, las competencias pueden ser compartidas entre los estados miembros y la UE o de apoyo de la UE a su estado miembro. En lo que respecta al acoso y el ciberacoso de los estudiantes en el ámbito académico, la UE sólo puede apoyar a los Estados miembros en el establecimiento de una legislación en el marco de los valores europeos.


En este sentido, se consideran relevantes algunas directivas a tener en cuenta a la hora de regular esta cuestión. Entre las directivas figuran:


Además, al formar parte de la Unión Europea, sus estados miembros tienen que respetar los valores fundamentales de la organización, entre ellos la igualdad, la lucha contra la violencia y la discriminación y la reducción del abandono escolar. En este sentido, la UE también ha establecido programas para que sus Estados miembros reciban ayuda en la lucha por los derechos de los niños y contra cualquier tipo de discriminación, acoso y/o ciberacoso. Por otro lado, la UE ha establecido una Agenda de Derechos Fundamentales, en la que se hace hincapié en indicadores relevantes para la lucha contra el acoso escolar. Dos de los más importantes son:

Por último, cabe mencionar que la UE ha adoptado una declaración escrita para apoyar el establecimiento de un Día Europeo contra el Acoso y la Violencia Escolar. Sin embargo, no se hace ninguna mención específica a las personas con discapacidad.

 

 


Revision #1
Created 3 April 2023 07:53:30 by Lisa Fastré
Updated 3 April 2023 07:54:16 by Lisa Fastré